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Teléfonos de la emergencia y de la elevación
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Teléfonos de la emergencia y de la elevación: Teléfonos de la emergencia, teléfonos de la seguridad, módulos de la entrada de puerta, teléfonos del elevador, teléfonos de la elevación.
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Teléfonos de la emergencia y de la elevación
Teléfonos de la emergencia, teléfonos de la seguridad, módulos de la entrada de puerta, teléfonos del elevador, teléfonos de la elevación.
¿Necesitamos un teléfono de emergencia en nuestras elevaciones?
Ningunas de las elevaciones en nuestro bloque tienen un teléfono de emergencia. ¿Todas las nuevas elevaciones se requieren para tener eso pero son obviamente él un requisito legal de instalar los teléfonos a estas elevaciones? La compañía de la elevación que las mantienen los está diciendo debe ser hecha.
“La respuesta corta es él no es no un requisito legal pero como con tan muchas áreas de la legislación hay un área gris y no es precisa cuando se trata de responsabilidad legal potencial. Intentaré y explicaré como mejor es posible. Todas las nuevas elevaciones instaladas después de 1997 se requieren legalmente cumplir con el directorio europeo de la elevación incluyendo la disposición de un sistema de comunicación de la elevación. Pues estas elevaciones fueron instaladas originalmente en los años 60 no entran en esta categoría. Para las elevaciones existentes el estándar europeo EN81-80 fue introducido en 2003 y cubrió 74 - lista del punto de recomendaciones para hacer más viejas elevaciones más seguras. Esto incluye la disposición de un sistema de comunicación de la elevación donde razonablemente práctico (que en la mayoría de los casos sea). Aquí es adonde consigue más complicado. EN81-80 no es un estatuto legal, sólo un estándar recomendado. Al menos donde la elevación está instalada en premisas de trabajo entonces viene bajo salud y la seguridad en el acto del trabajo y una disposición llamada LOLER (las operaciones y las regulaciones de elevación del equipo de elevación) entra en efecto. Sin embargo, con las premisas residenciales privadas la elevación no se juzga para ser equipo del trabajo y por lo tanto no cae debajo del HASAW o del LOLER. Si los arrendatarios/los propietarios son colectivamente obligados para la elevación sino acordar no tener un teléfono entonces éste es teóricamente aceptable. Sin embargo, allí puede seguir siendo una responsabilidad a los miembros del público (o de los contratistas) que utilizan la elevación (a menos que quizás una negación se fija claramente). Si por ejemplo alguien viajaba en la elevación y analizó y sufrieron un ataque de pánico o quizá peor porque no tenían ningún medio de hacer una llamada de emergencia a la compañía de la elevación o departamento de bomberos, después puede ser que demanden teóricamente los arrendatarios/a los propietarios para que el no poder tome medidas adecuadas para protegerlas en ese escenario. No sabemos de un caso adónde eso se ha puesto a la prueba pero es una posibilidad y el seguro de responsabilidad pública puede no cubrirla. Puede no ser suficiente defensa para decir que se espera que al usuario de la elevación utilice su propio teléfono móvil (tan puede no haber una señal) o el botón de la alarma de la elevación que puedan ser inaudibles a otros inquilinos del edificio.
J&R ofrece una gama confiable y completa de teléfonos especializados de la emergencia, de teléfonos de la seguridad, de teléfonos de la entrada de puerta, de teléfonos del elevador y de equipo de comunicación del teléfono.
Estos productos se utilizan extensivamente en la industria del elevador, de la elevación y de seguridad y en todas las áreas donde los teléfonos de emergencia se requieren incluyendo elevaciones de la ciudad en altas oficinas de negocios de la subida y también nacional
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